A solicitud del Colegio, Tránsito avala constancia para excepción de restricción vehicular sanitaria a abogados (as)
11-8-2020. A solicitud del Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica, Tránsito ́comunicó mediante oficio DVT-DGPT-2020-1580 su aval a la CONSTANCIA PARA LA APLICACIÓN DE LA EXCEPCIÓN DE RESTRICCIÓN VEHICULAR SANITARIA A ABOGADOS Y ABOGADAS Y NOTARIOS(AS) propuesta por el Colegio desde el pasado 1 de agosto (carta tiene validez por dos meses y debe renovarse).
Tal y como lo ha sostenido el Colegio, la función que ejercen los agremiados(as) debe entenderse como trabajador independiente, condición que se encuentra prevista dentro de las excepciones contempladas.
La comunicación de la Dirección General de la Policía de Tránsito acoge la CONSTANCIA propuesta por el Colegio que aplica conforme las excepciones establecidas en las restricciones vehiculares sanitarias Diurna, Nocturna y Diferenciada conforme los decretos emitidos.
Agrega que debe ser utilizada en forma personalísima por parte del agremiado(a), cumplir con cualquier otro requisito indicado en los decretos citados y deberá presentar el carné de miembro del Colegio.
Se adjunta la CONSTANCIA y la carta de la Dirección General de la Policía de Tránsito para que el agremiado(a) porte ambos documentos.
Cualquier abogado(a), notario(a) que se haya visto afectado(a) por este tema podrá interponer los recursos que considere oportunos.
Se recuerda a los agremiados(as) y notarios(as) hacer uso responsable de esta CONSTANCIA.
Para descargar la Constancia, copie y pegue en su buscador el siguiente enlace (***por favor actualice la fecha de emisión y demás datos***): https://bit.ly/2L40IOa
Para ver la Carta del Ministerio de Obras Públicas y Transportes puede ingresar al siguiente enlace: https://bit.ly/3anKYxR
De acuerdo con la información de Casa Presidencial
“… todas las cartas de excepción a la restricción vehicular sanitaria deberán ser actualizadas, la carta deberá renovarse para garantizar su validez, según el decreto 42485-MOPT-S.”
Si la carta está vencida, “Se expone a una multa de 107.768 colones y al retiro de placas.”
Más información en el siguiente enlace.