6 de julio de 2024. El Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica informa a todas las personas agremiadas y al público en general que por mayoría de los colegiados y colegiadas tomaron la decisión de apoyar la opción 2 para la creación del Fondo de Pensiones y Jubilaciones.
Dicha opción dice los siguiente:
Constituir el Fondo de Jubilaciones y Pensiones del Colegio de Abogados y Abogadas, con los aportes por concepto de ingresos provenientes del Timbre del Colegio según Ley N 3245 y los aportes voluntarios que decidan realizar cada persona Colegiada, por una suma constante; para lo cual, se mantendrá en cuentas individualizadas, donde se registrará el aporte del timbre, el aporte voluntario personal y los rendimientos correspondientes. Y autorizar a la Junta Directiva a realizar las acciones correspondientes ante el Tribunal Contencioso y la SUPEN, para la implementación del Fondo.
Así, nuestra Institución cumple por voluntad de la mayoría simple de asambleístas, con lo dispuesto en la sentencia del Tribunal Contencioso Administrativo.